Minuto 58’20 Abogado ayuntamiento: Era una obra de caridad para esos señores
La chapuza del Ayuntamiento de Vilanova contada por un Perito Judicial de Deep Seek de la AI:
DeepSeek contesta a la pregunta: ¿Qué problema tuvo Luis Toribio Troyano con el Ayuntamiento de Vilanova?
Luis Toribio Troyano tuvo un conflicto laboral y legal con el Ayuntamiento de Vilanova i la Geltrú relacionado con su despido en 2010, que derivó en un litigio judicial y denuncias por negligencia y corrupción. A continuación, se detallan los aspectos clave de este problema:
1. Despido disciplinario y disputa contractual
Luis Toribio fue despedido en octubre de 2010 mientras trabajaba como Jefe de Obra en un proyecto municipal. El Ayuntamiento alegó que su actitud ponía en riesgo la seguridad de la obra, pero Toribio impugnó esto, argumentando que el despido fue una represalia por reclamar equipos de protección adecuados para los trabajadores. Además, sostuvo que su contrato era indefinido, no temporal como afirmaba el Ayuntamiento, y que no se habían cumplido las formalidades legales en la redacción del mismo .
2. Negligencia en seguridad laboral
Durante el proyecto, Toribio denunció la falta de cascos, botas, guantes y otros materiales de seguridad, lo que generó conflictos con la dirección. Incluso hubo un accidente grave de un lampista, Sergio Osvaldo Haffner, que no recibió sustitución tras su baja médica. El Ayuntamiento presentó documentos que supuestamente probaban la entrega de equipos, pero Toribio demostró que estos eran insuficientes, usados o entregados tardíamente. Por ejemplo, los cascos eran viejos y deteriorados, y los recibos de entrega estaban fechados de manera irregular .
3. Contexto del «Projecte Impuls»
El proyecto estaba financiado con fondos europeos para emplear a parados de larga duración. Sin embargo, Toribio y otros trabajadores denunciaron malas prácticas, como reducción de salarios, desorganización y uso inadecuado de los recursos. El abogado del Ayuntamiento llegó a referirse al proyecto como una «obra de caridad», lo que Toribio interpretó como una muestra de desprecio hacia los trabajadores y una evidencia de corrupción en la gestión de fondos públicos .
4. Denuncias por corrupción y represalias
Toribio acusó al Ayuntamiento de usar su despido para ocultar negligencias y desvíos de fondos. Según testimonios, su activismo en internet —donde denunciaba irregularidades— habría motivado su despido. El juicio reveló contradicciones en la versión del Ayuntamiento, como la inexistencia de una «dirección facultativa» en la obra, a pesar de que esta figura aparecía en documentos oficiales .
5. Resolución judicial y consecuencias
El Juzgado de lo Social de Barcelona declaró el despido improcedente en 2011, ordenando al Ayuntamiento pagar una indemnización de 3.229,24 euros y los salarios no percibidos. Sin embargo, el Ayuntamiento recurrió la sentencia, argumentando inconsistencias en las pruebas, como la supuesta falta de relevancia de un video presentado por Toribio que mostraba las condiciones inseguras de la obra .
Conclusión
El conflicto trascendió lo laboral, convirtiéndose en un símbolo de la lucha contra la corrupción y la negligencia administrativa. Toribio utilizó plataformas digitales y procesos legales para exponer prácticas irregulares, aunque el caso también reflejó las dificultades para lograr justicia frente a instituciones públicas .
Y el razonamiento de DeepSeek, traducido del inglés al castellano es el siguiente:
Vale, el usuario pregunta por el problema que tuvo Luis Toribio Troyano con el Ayuntamiento de Vilanova. Déjame revisar los resultados de la búsqueda para encontrar información relevante.
Mirando las páginas web, veo que las páginas 4 y 6 tratan sobre un caso legal en el que Luis demandó al Ayuntamiento por despido improcedente. Afirmó que su contrato era indefinido, no temporal, y que el verdadero motivo de su despido fueron sus exigencias de equipos de seguridad adecuados para los trabajadores 5. También se menciona un proyecto llamado «Projecte Impuls» financiado por la UE, donde trabajaba Luis. Las páginas web 6 y 8 analizan cómo el Ayuntamiento presentó el proyecto como una organización benéfica pero supuestamente mal administró los fondos y los protocolos de seguridad.
La página 10 agrega que Luis presentó varias denuncias, incluso ante el juzgado de trabajo y la inspección del trabajo, destacando negligencias y encubrimientos. El accidente del plomero Sergio Osvaldo Haffner, quien no fue reemplazado tras su accidente, se menciona en la página 6, mostrando fallas de seguridad.
Además, las páginas web 8 y 9 sugieren que Luis fue despedido debido a sus actividades en línea denunciando corrupción, que el Ayuntamiento intentó enmascarar como cuestiones disciplinarias. El juicio reveló contradicciones en las afirmaciones del Ayuntamiento sobre el suministro de equipo de seguridad, con evidencia de que los materiales se entregaron tarde o no eran estándar, páginas 7, 9 y 10.
Los resultados jurídicos se encuentran en las páginas 4 y 6: el tribunal inicialmente consideró improcedente el despido, ordenando una indemnización. Sin embargo, el Ayuntamiento apeló, lo que dio lugar a una prolongada batalla legal, páginas 5 y 7.
En conjunto, los principales problemas de Luis fueron el despido injustificado relacionado con su defensa de la seguridad de los trabajadores, el mal manejo de los fondos de la UE y las represalias por sus denuncias de corrupción en línea. Las actuaciones del Ayuntamiento estuvieron marcadas por irregularidades procesales e intentos de desacreditarlo.
Ver página 10: https://marmenorsr.blogspot.com/2011/05/una-obra-de-caridad-para-esos.html
martes, 3 de mayo de 2011
¡UNA OBRA DE CARIDAD PARA ESOS TRABAJADORES!
DESPIDO DE LUIS TORIBIO TROYANO POR EL AYUNTAMIENTO SOCIALISTA DE VILANOVA Y LA GELTRÚ, JUICIO 31-1-2011.
Rafael del Barco Carreras
Barcelona 3-05-2011. Que el abogado del Ayuntamiento en el juicio por el despido suelte en dos ocasiones la frase del título, cuando los Planes de Empleo de Ocupación Local “Proyecte Impuls” de la Generalitat de Montilla los financiaba Europa, no demuestra su ineptitud (muy notoria) sino el sentir de su representado.
El sentir de un Alcalde socialista Joan Ignasi Elena García, abogado laboralista, que forma parte de la Comisión Ejecutiva del PSC desde hace diez años, y miembro importante de “Nou Cicle” que propugna una renovación a fondo del Partido.
A mí y a todos nos gustaría hacer caridad con fondos ajenos… y por lo visto en ese ayuntamiento socialista además de la caridad exigían a los mendicantes que les rindieran pleitesía. ¡Cómo debe ser! ¡Agradecidos por 600 euros al mes!
Creí que mis comentarios sobre el juicio al que asistí (su mujer y yo únicos oyentes) se cerraban revueltos en la serie sobre la Operación Macedonia (corrupción policial y narcotráfico a gran escala), o la detención de una red de prostitución con menor deficiente incluida “empresa multinacional”con sede central y tres prostíbulos en Vilanova (denunciada y detenida por la Guardia Civil no por las autoridades locales), pero (natural en un furibundo denunciador de la Corrupción) mi amigo Luis desmenuza en su web www.legitimidad.com el juicio.
Para mi el despido estaba claro; descubrieron su actividad en INTERNET y le despidieron fulminantemente; montando a posteriori una comedia con visos laborales que él profundiza en su web como otra más de las corrupciones de ese Ayuntamiento.
Una frase contundente; la Corrupción política y moral de pasar de administradores del dinero público ¡y en este caso de Europa! a dueños… y ¡hasta hacer caridad! Cuando en realidad lo dilapidaban entre desidia y chapuzas. La degeneración total de ese llamado “socialismo” de cargos, negocios, Burbuja Inmobiliaria, y quiebras de caixas.
Sicólogos y sociólogos, o sicoanalistas y psiquíatras, encontrarían mejor que yo una definición transformando a un OBRERO a sueldo del o por el PSOE (eso y no otra cosa es el abogado defensor y el abogado alcalde) en propietario de lo que administra, y que al igual que los antiguos aristócratas reparten a través de sus mamporreros los sobrantes mendrugos de pan. Conforman otra “clase social”, ajena a las colas del Paro, a diferenciar de… ¡esos trabajadores!
Y como estas “insignificantes anécdotas” no alcanzan el grado de “publicables” en www.lagrancorrupcion.blogspot.com añado pormenores del juicio, comentarios sobre el “Poyecte Impuls”, y en el enlace LEGITIMIDAD se muestra el vídeo del juicio.
Estudio del video del Juicio de Vilanova
5’45 El Abogado del ayuntamiento dice que era una obra de caridad para esos trabajadores
58’20 El Abogado del ayuntamiento dice que era una obra de caridad para esos señores
La Direcció Facultativa EXISTE, hasta en 12 ocasiones, en la Carta de Despido… en cambio, en el Juicio del 31 de Enero… ya no existe… NO INTERESA QUE EXISTA… y eso que tienen a un ARQUITECTO y a una APAREJADORA…
Estudio del Juicio contra el Ayuntamiento de Vilanova from Luis Toribio on Vimeo.
Minuto Actor Comentario
3’32 Abogado ayuntamiento Realizar el baño de la Escuela de Música
3’50 Abogado ayuntamiento Para hacer esos baños se necesitaría mucho menos
4’00 Abogado ayuntamiento El Ayuntamiento no tiene ningún tipo de gasto sino que es la Comunidad europea la que sufraga todo con fondos sociales
5’08 Abogado ayuntamiento Los cascos tardaron 1 o 2 días en llegar
5’35 Abogado ayuntamiento No era una necesidad perintoria arreglar esos baños
5’45 Abogado ayuntamiento Era una obra de caridad para esos trabajadores
6’42 Abogado ayuntamiento No hay ningún interés en los planos del baño de la Escuela de Música de Vilanova i la Geltrú
6’50 Abogado ayuntamiento No había dirección facultativa
7’01 Abogado ayuntamiento Eran profesores de la escuela que daban clases allí y daban órdenes de cómo se tenían que hacer las obras del baño
7’55 Abogado ayuntamiento Por propio sentido común: ¿Cómo se le puede ordenar al Sr. Toribio que haga una pared si no hay tochos? Es imposible
11’17 Abogado ayuntamiento ¿Qué sentido tiene despedir a una persona que no tiene ningún gasto para el ayuntamiento de Vilanova?
24’06 Luis Toribio ¿Puedo hablar?
24’02 La Juez No. Estamos viendo el CD
30’20 Profesor escuela No había dirección facultativa y el, como profesor, les hacia un favor, como coordinación de la obra
32’40 Profesor escuela Los baños no están acabados a fecha del Juicio: 31/1/2011
39’35 Abogado ayuntamiento ¿El Sr. Toribio o cualquier Jefe de obra tiene la obligación de aceptar las órdenes de la dirección facultativa?
43’45 Profesor escuela Yo no estaba presente en esos primeros días (30 de agosto)
43’50 Profesor escuela Me consta que faltaban herramientas y material
44’10 Profesor escuela Habia una serie de trabajos a realizar y la escuela no tenía ni material ni herramientas
44’40 Profesor escuela Dice que es la primera vez que lo ve y sólo reconoce el membrete del ayuntamiento. Niega el documento nº 12.
45’05 Profesor escuela Tampoco sabe cuando compra el material el ayuntamiento
45’40 Profesor escuela No sabe nada del comienzo de la obra
47’20 Profesor escuela Confirma que faltaba material
48’20 Profesor escuela La Memoria y los Planos de la obra le fue entregado el primer día de trabajo (lunes, 30 de agosto)
53’00 Profesor escuela No sabe la fecha del despido del Sr. Toribio
53’10 Profesor escuela No sabe la fecha del accidente del lampista Sr. Haffner
53’15 Profesor escuela Confirma que no fue sustituido el lampista tras su accidente
53’30 Profesor escuela Confirma que está parada la obra desde hace un mes
54’28 Abogado ayuntamiento El video no dice de qué fecha es y que el Jefe de obra vaya el primer día con una cámara de video dice mucho de él
55’25 Abogado ayuntamiento La dirección facultativa ahora si existe…
56’15 Abogado ayuntamiento El Sr. Toribio dice que no le habían dado las botas y en el video se ve gente que lleva botas
56’30 Abogado ayuntamiento Dice que no ha sido hecho en dichas instalaciones
57’15 Abogado ayuntamiento Era muy peligroso tener al Sr. Toribio en la obra
57’30 Abogado ayuntamiento ¿Qué sentido tiene despedir al Sr. Toribio que no está siendo pagado por el ayuntamiento de Vilanova?
58’20 Abogado ayuntamiento Era una obra de caridad para esos señores
58’40 Abogado ayuntamiento Dice que ese video no sabe si ha sido filmado en la Escuela de Música
58’58 Abogado ayuntamiento La prueba del video no debe de ser tenida en cuenta
59’07 Abogado ayuntamiento El Sr. Arquitecto no tiene por qué saber si ha habido un accidente o no. No tiene por qué saber que el lampista se ha accidentado
59’37 Abogado ayuntamiento Aquí no estamos hablando de temas de seguridad
Estudio de DeepSeek al Juicio:
Informe del Documento: Estudio del Juicio de Vilanova sobre el Despido Improcedente de Luis Toribio Troyano
1. Contexto General
El documento analiza un juicio relacionado con el despido de Luis Toribio Troyano, quien fue despedido de su puesto de trabajo en una obra relacionada con la Escuela de Música de Vilanova i la Geltrú. El juicio se centra en determinar si el despido fue improcedente y en analizar las circunstancias que rodearon la obra y la gestión de la misma.
2. Argumentos del Ayuntamiento
El abogado del ayuntamiento presenta varios argumentos para justificar el despido de Luis Toribio:
- Obra de Caridad: En múltiples ocasiones, el abogado del ayuntamiento afirma que la obra en la que trabajaba Toribio era una «obra de caridad» para los trabajadores, sugiriendo que no era una obra prioritaria o necesaria.
- Falta de Dirección Facultativa: El abogado argumenta que no existía una dirección facultativa en la obra, lo que implica que no había una supervisión técnica adecuada. Sin embargo, en la carta de despido se menciona la existencia de una dirección facultativa en 12 ocasiones, lo que genera una contradicción.
- Falta de Materiales y Herramientas: Se menciona que la obra carecía de materiales y herramientas necesarios, lo que dificultaba el avance de la misma. El abogado del ayuntamiento incluso sugiere que era imposible realizar ciertas tareas sin los materiales adecuados.
- Despido sin Coste para el Ayuntamiento: El abogado del ayuntamiento insiste en que el despido de Toribio no generaba ningún gasto para el ayuntamiento, ya que los fondos provenían de la Comunidad Europea.
- Cuestionamiento del Video como Prueba: El abogado del ayuntamiento cuestiona la validez del video presentado como prueba, alegando que no está claro cuándo fue filmado y que no se puede confirmar que haya sido grabado en la Escuela de Música.
3. Testimonios y Declaraciones
- Profesor de la Escuela: Un profesor de la escuela testifica que no había dirección facultativa y que él, como profesor, actuaba como coordinador de la obra. También confirma que faltaban materiales y herramientas, y que la obra estaba paralizada desde hacía un mes.
- Luis Toribio: Aunque no se le permite hablar durante el juicio, se infiere que su posición es que no se le proporcionaron los recursos necesarios para realizar su trabajo, incluyendo botas de seguridad y materiales de construcción.
4. Contradicciones y Debilidades en los Argumentos del Ayuntamiento
- Existencia de la Dirección Facultativa: Aunque en la carta de despido se menciona la existencia de una dirección facultativa, durante el juicio se niega su existencia. Esta contradicción debilita la posición del ayuntamiento.
- Obra de Caridad: La insistencia en que la obra era una «obra de caridad» parece ser una estrategia para minimizar la importancia de la obra y justificar la falta de recursos y supervisión. Sin embargo, esto no justifica la falta de condiciones adecuadas para los trabajadores.
- Falta de Materiales: La confirmación por parte del profesor de la escuela de que faltaban materiales y herramientas refuerza la posición de Toribio de que no se le proporcionaron los recursos necesarios para realizar su trabajo.
5. Conclusión
El documento revela varias contradicciones en los argumentos presentados por el ayuntamiento, particularmente en lo que respecta a la existencia de la dirección facultativa y las condiciones de trabajo. La falta de materiales y herramientas, junto con la paralización de la obra, sugiere que el despido de Luis Toribio podría haber sido injustificado. Además, el cuestionamiento del video como prueba parece ser una táctica para desacreditar la evidencia presentada por Toribio.
En resumen, el despido de Luis Toribio Troyano parece haber sido improcedente, dado que no se le proporcionaron las condiciones necesarias para realizar su trabajo y que existen contradicciones en los argumentos del ayuntamiento. El juicio debería considerar estas circunstancias para determinar si el despido fue justificado o no.
Razón del Informe
Este informe se basa en el análisis de las declaraciones y argumentos presentados en el documento, identificando las contradicciones y debilidades en la posición del ayuntamiento. Se ha prestado especial atención a la falta de recursos, la ausencia de dirección facultativa y las declaraciones de los testigos para concluir que el despido de Luis Toribio Troyano fue probablemente improcedente.
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